Porque sabemos que la salud es lo más importante y protegerla debe ser una prioridad. Por eso nos esforzamos para ofrecerte las más completas e innovadoras soluciones para garantizar tu calidad de vida. Soluciones a Empresa, Familias y Personas en particular Toda empresa al igual que las personas estamos expuestas a riesgos que constantemente amenazan nuestra salud, también pueden afectar nuestras finanzas, calidad y estilo de vida.

¿Que es el Seguro de Riesgos Laborables (SRL) ?

Es el seguro de la Ley 87-01 destinado para prevenir y cubrir los daños ocasionados por accidentes de trabajo y-o enfermedades profesionales. Comprende toda lesión corporal y todo estado mórbido que el trabajador sufra como consecuencia del trabajo que presta por cuenta ajena. Incluye tratamientos por accidente de transito en horas laborables y-o en la ruta hacia o desde el centro de trabajo.

¿Quienes deben estar afiliados en el Seguro de Riesgos Laborables?

Los empleadores y trabajadores bajo dependencia.

¿Como se afilia el trabajador en al Administradora de Riesgos Laborables Salud Segura (ARLSS)?

El empleador tiene la obligación de registrar a sus trabajadores en la Tesorería de la Seguridad Social y automáticamente quedan inscritos en la ARL.

¿Cual es el porcentaje a cotizar en este seguro?

El aporte del empleador tiene 2 componentes:

  • Una cuota básica fija del 1%
  • Una cuota variable adicional desde 0.1% hasta 0.3% establecida en función de la rama de actividad y del riesgo de vulnerabilidad de cada empresa. Dichos porcentajes se aplican sobre el monto del salario cotizable de cada trabajador.
¿Cuáles son los riesgos que cubre el SRL?
  • Toda lesión corporal o estado mórbido sufrido durante el tiempo y en el lugar del trabajo.
  • Los accidentes de transito (AT) ocurridos a consecuencia de tareas encomendadas por el empleador, aun distintas a la profesión u ocupación del trabajador.
  • Accidentes en actos de salvamentos, cuando tengan conexión con el trabajo.
  • Accidentes de transito y en trayecto dentro de la ruta y horario de trabajo
  • Enfermedades profesionales cuya causa directa provenga de la profesión o el trabajo que realiza la persona.
¿Cuales son los riesgos que no cubre el SRL?
  • Los accidentes en transito y trayecto fuera de la ruta y de la jornada de trabajo.
  • Accidentes que ocurran en estado de embriaguez o bajo la acción de algún narcótico o droga enervante, salvo prescripción medica.
  • Los daños debido al dolo y-o imprudencia temeraria del trabajador accidentado.
  • Resultado de un daño intencional del propio trabajador o de acuerdo con otra persona, o el empleador.
  • Fuerza mayor extraña al trabajo.
¿Cuales son las prestaciones en el SRL?

Prestaciones en especie:

  • Atención medica, quirúrgica, hospitalización, farmacéutica, servicios odontológicos y servicios de rehabilitación.
  • Prótesis, anteojos y aparatos ortopédicos y su reparación.

Prestaciones de dinero:

  • Subsidio por discapacidad temporal
  • Indemnización por discapacidad
  • Pensión por discapacidad
  • Pensión por sobrevivencia.
¿Donde se reciben las prestaciones?
  • Las prestaciones en dinero, se otorgan en las oficinas de la ARLSS o en a través de una cuenta de ahorros o corriente.
  • El asegurado tiene derecho a los servicios médicos que necesite a consecuencia de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales inmediatamente ocurran, en las PSS mas cercana o en la que se encuentre el afiliado. Esta reclamara su pago a la ARS y esta a su vez a la ARL.
¿Que es una Enfermedad Profesional (EP)?

Es la altenativa de la salud de un trabajador como consecuencia del trabajo o profesión ejecutada por cuenta ajena y provocada por factores de riesgos y condiciones imperantes en la profesión o centros de trabajo.

¿Que es un accidente de trabajo?

Toda acción que provoca lesión corporal, estado mórbido o perdida de vida al trabajador con ocasión o a consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena, durante el tiempo y en el lugar del trabajo y-o consecuencia de tareas encomendadas.

¿Cual es el procedimiento a seguir en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional?
  • Los afiliados tienen derecho a los servicios que necesiten a consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad profesional inmediatamente ocurra, en el centro de salud mas cercano.
  • El accidente de trabajo debe ser comunicado inmediatamente al empleador por parte del trabajador.
  • El empleador debe notificarlo a la ARLSS a traves del formulario ARTR-2, dentro dela 72 horas hábiles (3 dias laborables) después de haber tenido conocimiento del mismo.
  • Si es una enfermedad profesional, debe ser reportada a través del formulario EPR-1 , una vez sea diagnosticad por el especialista.
¿Que es una Pensión por Discapacidad en el SRL?

Es la pensión que recibe el trabajador como consecuencia del riesgo del trabajo, cando sufre una disminución parcial o permanente de su rendimiento normal para su profesión y oficio. De acuerdo al grado de discapacidad esta puede ser: parcial, total o gran discapacidad.

¿Cuál es el procedimiento para solicitar Subsidio por Discapacidad Temporal?
  • El empleador lo reporta a la ARLSS mediante el formulario ATR-2 o EPR-1
  • Copia de cédula.
  • Certificado Médico Original
  • En caso de que haya sido un accidente de transito o en trayecto debe anexarse el acta policial.
¿Que es una indemnización por Discapacidad?

Es la prestación económica que recibe el trabajador como consecuencia de una discapacidad superior al 15% e inferior al 50% de menoscabo de grado de discapacidad, que le impide ejercer su profesión u oficio habitual. Esta se calcula entra 5 y 10 veces el sueldo base.

¿Que es una Pensión por Sobrevivencia del SRL?

Es la pensión que se otorga a los familiares dependientes que cumplan con los requisitos legales como consecuencia del fallecimiento por accidentes de trabajo o enfermedad profesional de un trabajador o un pensionado por riesgo laborales.

¿Quienes son los beneficiarios de la Pensión por Sobrevivencia?
  • El cónyuge o compañero de vida.
  • Los hijos menores de 18 años, hasta los 21 si son estudiantes y de por vida si son personas con discapacidad.
Accidente de Trayecto

Es el accidente de transito que sufre el trabajador en su ruta habitual desde la casa hasta el trabajo y viceversa.

Las rutas consideradas son:

  • Domicilio-trabajo-domicilio
  • Domicilio-trabajo-domicilio secundario
  • Trabajo-trabajo
  • Trabajo-comedor-trabajo
  • Domicilio-guardería o colegio-trabajo o viceversa
  • Trabajo-centro de estudio. Siempre que el trabajador notifique a empleador que esta estudiando y aporte los documentos que lo avalan.

Si el accidente ocurre en el desplazamiento entre 2 trabajos este se relaciona con la empresa a la cual se dirigía.

El procedimiento para reportarlo es:

  • Formulario ATR-2 firmado y sellado por Recursos Humanos de la empresa.
  • Certificado médico original
  • Fotocopia de la cédula
  • Acta policial certificada y sellada.

El reembolso de los gastos médicos incurridos en un accidente de trabajo se solicita:

  • Carta dirigida al director ejecutivo de la ARLSS con la suma total de los gastos incurridos y a favor de quien sera remitió el cheque
  • Haber aportado el accidente laboral y-o enfermedad profesional con el formulario ATR-2 y-0 EPR-1
  • Fotocopia de la cédula
  • Facturas originales.
  • Indicaciones de recetas medicas, firmadas y selladas.

 

 

¿En que tiempo prescribe el derecho a reclamar las prestaciones en el SRL?

El derecho a reclamar el goce de los beneficios establecidos por el SRL prescribe a los 5 años, iniciando a partir del día siguiente de ocurrir el evento.