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¿Cual es la finalidad del Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia (Pensiones) ?
¿Como se financia este seguro?

El Seguro de Pensiones se financia dependiendo del régimen de afiliación:

  • Régimen contributivo se financia mediante las aportaciones de los trabajadores de empresas.
  • Régimen Subsidiado se financia con las aportaciones del Estado
  • Régimen Contributivo Subsidiado se financiara con los aportes del Estado y de los Beneficiarios.
¿Como afiliarse a este seguro?

El empleador tiene la obligación de registrar al trabajador en el Tesorería de la Seguridad Social y el trabajador elije la Administradora de Pensiones que administrara sus fondos. Si este no la elije, el sistema lo afilia automáticamente donde este la mayoría de sus compañeros de trabajo después de 30 días después de su ingreso.

¿Que es una cuenta de Capitalización de Capitalización Individual (CCI)?

Es el registro individual unificado de los aportes que, de conformidad con el articulo 5 de la Ley 87-01, son propiedad exclusiva de cada afiliado. Este registro se efectúa en la AFP elegida por el trabajador.

¿Que es el Sistema de Reparto?

Es el Sistema de Pensión basado en aportaciones definidas que van a un fondo común del cual los afiliados en edad de retiro, reciben las pensiones definidas y amparadas en las Leyes 379-81 y 1896-48. El monto de la pensión asignada no guarda relación con el aporte realizado durante su vida laboral.

¿Como se distribuyen los aportes para el Seguro de Pensiones?

El afiliado aporta un 2.87% y el empleador aporta un 7.10% para un total de 9.97%.

¿Donde se deben solicitar las prestaciones del Seguro de Pensiones?

Los afiliados a Capitalización Individual deben solicitar las prestaciones en su AFP donde están afiliados, mientras que los del Sistema de Reparto, o sea los afiliados protegidos en las Leyes 1896-48 y 379-81 les corresponde solicitarlos en el Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS) y en el Ministerio de Hacienda (MH).

¿Cuales son las prestaciones del Seguro de Pensiones?
  • Pensión por Vejez
  • Pensión por discapacidad, total o parcial
  • Pensión por Cesantia por edad Avanzada
  • Pensión por Sobrevivencia.
¿Como puedo saber en que AFP estoy afiliado?
  • dida.gob.do
  • tss.gov.do
  • sipen.gov.do
  • Ademas puede preguntar en la DIDA llamando al 809-472-1900
¿Que es la devolución de fondos hechos a la Cuenta de Capitalización Individual (CCI)?

Es la entrega de la totalidad de los fondos cotizados por el afiliado, cuando después de haber cumplido la edad de retiro queda privado de su trabajo y no cuenta con fondos suficiente para obtener una pensión de vejez, ni califica para una pensión del Régimen Subsidiado.

Se entregan al afiliado en un único pago, cuando hayan transcurrido 3 meses, a partir de la fecha de su cesantia y estar de baja en la nomina del empleador por ante la TSS.

Si el afiliado decide residir en el extranjero, pierde sus fondos?

No , los fondos de pensiones son propiedad exclusiva del afiliado, por lo que, si se va del país su dinero permanece en su cuenta, continua invirtiéndose y obteniendo rentabilidad.

¿Cuales son las AFP que están funcionando en el Sistema de Capitalización Individual?
  • AFP Scotia Crecer
  • AFP Popular
  • AFP Reservas
  • AFP Romana
  • AFP Siembra
¿Un ciudadano Dominicano que resida en el extranjero puede afiliarse al Sistema de Pensiones de la Rep. Dom.?

Si, los ciudadanos dominicanos residentes en el extranjero pueden afiliarse al Sistema seleccionando una AFP de las autorizadas por la Superintendencia de Pensiones, SIPEN.

La cotizacion estará a cargo del interesado y podrá efectuarse a través del sistema financiero o agencia del exterior, sus aportes los podrá hacer en divisas, bajo el entendido que también lo serán las prestaciones.

Pensión por Discapacidad

Es la pensión que recibe el trabajador cuando sufre una enfermedad o accidente no laboral y queda inhabilitado parcial o totalmente para ejercer un trabajo u oficio remunerado.

Requisitos:

  • Ser empleado privado o publico cotizante de la Ley 87-01
  • Debe ser solicitada por el afiliado.
  • Sufrir una enfermedad o lesión crónica
  • Haber agotado su derecho a prestaciones por enfermedad no profesional o por riesgos de trabajo.

Documentos:

  • Formulario de solicitud de pensión por discapacidad.
  • Acta de nacimiento certificada y legalizada.
  • Historial clínico
  • Estudios de laboratorios especializados que avalan la discapacidad.
  • Acta policial legalizada, esto en caso de accidente.
  • Documento aprobatorio del empleador indicando si esta trabajando en la actualidad, hasta que fecha trabajó, la ocupación y horario de trabajo.

El grado de discapacidad será determinado por las Comisiones Médicas Regionales de acuerdo a las Normas de Evaluación y Calificación del Grado de Discapacidad.

Pensión por Sobrevivencia

Es el beneficio o pago a que tienen derecho los miembros del grupo familiar dependiente del afiliado fallecido: conjugue y los hijos solteros hasta los 21 años, si son estudiantes y los hijos con discapacidad de cualquier edad.

Los requisitos para solicitarlo son:

  • Formulario de Solicitud de Sobrevivencia y Declaración de beneficiario.
  • Extracto de acta de defunción del afiliado
  • Extracto de acta de matrimonio del cónyuge
  • Extracto de acta de nacimiento de todos los hijos menores de 21 años.
  • Documentación legal si hay hijos adoptados
  • Si hay hijos discapacitados presentar una certificación de discapacidad emitida por la Comisión Medica Regional que corresponda.
  • Acta policial en caso de muerte no natural
  • Todos los documentos deben estar legalizados.

En caso de fallecimiento del afiliado activo, los beneficiarios recibirán una pensión de sobrevivencia no menor al 60% de su salario.

El cónyuge sobreviviente menor de 50 años recibirá una pensión durante 60 meses.

El hijo menor hasta los 18 años.

El cónyuge sobreviviente mayor de 50 y menor de 55 años tendrá derecho a 72 meses de pensión.

Los sobrevivientes mayores de 55 años tendrán una pensión vitalicia.

La pensión por Sobrevivencia se pierde por:

  • Por contraer matrimonio
  • Por el cumplimiento de 18 años, si son hijos solteros no estudiantes
  • Por el cumplimiento de 21 años, en el caso de hijos solteros estudiantes.

 

Pensión por Vejez

Es el ingreso o pago mensual que recibe un afiliado para compensar la perdida de salario al haber cumplido la edad de retiro y haber terminado su vida laboral.

Los requisitos para solicitar esta pensión son:

  • Tener la edad de 60 años haber cotizado 360 meses.

Los documentos son:

  • Formulario de solicitud de Pensión de Vejez
  • Extracto de acta de nacimiento certificada y legalizada
  • Copia de cédula del afiliado.
Pensión por Edad Avanzada

Es el beneficio o pago que obtiene el afiliado cuando queda privado de un trabajo remunerado, y hay cumplido 57 años y cotizado un mínimo de 300 meses en su cuenta de capitalización individual (CCI).